Ley 7/1996 чл. 1
Artículo 1. Creación.
Se crea el Colegio Profesional de Podólogos del Principado de Asturias, como corporación de derecho público, con personalidad jurídica propia y con plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.
Artículo 1. Creación.
Se crea el Colegio Profesional de Podólogos del Principado de Asturias, como corporación de derecho público, con personalidad jurídica propia y con plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.