Ley 7/2002 · Ley 7/2002, de 3 de diciembre, de protección contra la contaminación acústica.
Ley 7/2002 чл. 4
TÍTULO I
Artículo 4. Competencias administrativas.
1. La Generalitat y las administraciones locales ejercerán de forma coordinada las competencias que respectivamente les atribuye la presente Ley. A fin de garantizar la eficacia en la aplicación, la Generalitat y las Diputaciones Provinciales prestarán colaboración técnica y financiera a los municipios.
2. En defecto de atribución expresa, la competencia será de la Consejería competente en medio ambiente.