Ley 2/2011 чл. 13
CAPÍTULO I
Artículo 13. Reclamaciones de los usuarios.
En el caso en que el espectador, participante o usuario considere que el ejercicio del derecho de admisión o las condiciones de acceso al establecimiento, local o instalación son contrarias a la legislación vigente y en particular a la presente ley, podrá formular la reclamación que estime en la hoja de reclamaciones existente en el establecimiento a disposición del público de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente en materia de protección de los consumidores y usuarios, sin perjuicio de ejercitar las demás acciones legales que considere pertinentes.