Orden DEF/708/2020 чл. 21
CAPÍTULO III
Artículo 21. Organización del Apoyo a la Fuerza.
1. El Apoyo a la Fuerza en el ámbito de los recursos humanos del Ejército de Tierra engloba a los siguientes órganos:
a) El Mando de Personal.
b) El Mando de Adiestramiento y Doctrina.
2. El Apoyo a la Fuerza en el ámbito de los recursos materiales del Ejército de Tierra engloba a los siguientes órganos:
a) El Mando de Apoyo Logístico.
b) La Inspección General del Ejército de Tierra.
3. El Apoyo a la Fuerza en el ámbito de los recursos financieros en el Ejército de Tierra engloba a la Dirección de Asuntos Económicos.