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Ley 2/2022 · Ley 2/2022, de 10 de marzo, de Juventud.

Ley 2/2022 чл. 21

Sección 2

В силаОфициален текст

Artículo 21. La planificación y evaluación de la política de juventud en las administraciones autonómica, foral y local.

Las administraciones públicas vascas, de forma coordinada y siguiendo las orientaciones generales de la Estrategia Vasca en materia de Juventud, llevarán a cabo en su ámbito territorial, en uso de sus potestades de autoorganización y con plena autonomía, una adecuada planificación y evaluación en materia de juventud para cada legislatura, asegurando la evaluación de impacto de género, elaborando una memoria anual de carácter público y garantizando la transparencia de los criterios, medidas y programas que impulsen, haciendo públicos sus resultados.