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Decreto Legislativo 1/2002 · Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.

Decreto Legislativo 1/2002 чл. 13

CAPÍTULO III

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Artículo 13. Principios presupuestarios.

1. La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha está sometida al régimen de presupuesto anual aprobado por las Cortes de Castilla-La Mancha.

No obstante lo anterior, los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se encuadrarán en un marco presupuestario a medio plazo, compatible con el régimen de presupuesto anual, a través del cual se garantizará una programación presupuestaria coherente con los objetivos de estabilidad presupuestaria y de sostenibilidad financiera fijados conforme a la normativa básica estatal.

2. Los derechos liquidados y las obligaciones reconocidas se aplicarán a los presupuestos por su importe íntegro, sin que puedan atenderse obligaciones mediante minoración de los derechos a liquidar o ya ingresados, salvo los casos previstos en esta Ley o debidamente autorizados en normas de rango legal.

3. Los recursos de la Hacienda Pública de Castilla-La Mancha se destinarán a satisfacer el conjunto de sus obligaciones, salvo que por Ley se establezca su afectación a fines determinados.

4. En la Tesorería, que servirá al principio de unidad de caja, se integrarán y custodiarán los fondos y valores de la Hacienda Pública de Castilla-La Mancha.

5. Los créditos para gastos se destinarán exclusivamente a la finalidad específica para la que hayan sido autorizados por la Ley de Presupuestos o por las modificaciones aprobadas conforme a la Ley.

История на изменения
  • Vigente desde 2013-01-01