Decreto Legislativo 1/2004 Art. 239
CAPÍTULO LI
Artículo 239. Sujetos pasivos.
Son sujetos pasivos obligados al pago de la tasa los beneficiarios de la ejecución de los proyectos que constituyen el hecho imponible.
CAPÍTULO LI
Artículo 239. Sujetos pasivos.
Son sujetos pasivos obligados al pago de la tasa los beneficiarios de la ejecución de los proyectos que constituyen el hecho imponible.