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Decreto Legislativo 1/2011 · Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba, con el título de «Código del Derecho Foral de Aragón», el Texto Refundido de las Leyes civiles aragonesas.

Decreto Legislativo 1/2011 Art. 6

Sección 1

In KraftAmtlicher Text

Artículo 6. Derecho del menor a ser oído.

Antes de adoptar cualquier decisión, resolución o medida que afecte a su persona o bienes, se debe oír al menor siempre que tenga suficiente madurez y, en todo caso, si es mayor de doce años.

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