Decreto Legislativo 1/2011 Art. 93
Sección 5
Artículo 93. Extinción.
1. La autoridad familiar se acaba:
a) Por la muerte de los titulares o del hijo.
b) Por la emancipación o mayoría de edad del hijo.
2. En caso de adopción del hijo se extingue la autoridad de los padres anteriores, salvo si subsisten los vínculos jurídicos con alguno de ellos.