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Decreto Legislativo 2/2014 · Decreto Legislativo 2/2014, de 29 de agosto, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Cooperativas de Aragón.

Decreto Legislativo 2/2014 Art. 20

CAPÍTULO IV

In KraftAmtlicher Text

Artículo 20. Obligaciones de los socios.

Los socios están obligados a:

a) Efectuar el desembolso de las aportaciones comprometidas.

b) Asistir a las reuniones de la asamblea general y demás órganos a que fueran convocados.

c) Cumplir los acuerdos adoptados por los órganos de gobierno.

d) Participar en las actividades que constituyan el objeto de la cooperativa, en la forma establecida en los estatutos.

e) No dedicarse a actividades que puedan competir con los fines sociales de la cooperativa ni colaborar con quien las realice, salvo que sea expresamente autorizado por el consejo rector.

f) Guardar secreto sobre los asuntos y datos de la cooperativa cuya divulgación pueda perjudicar a los intereses sociales.

g) Aceptar los cargos sociales para los que fueran elegidos, salvo causa justificada.

h) Participar en las actividades de formación.

i) Cumplir los demás deberes que resulten de preceptos legales o estatutarios.