Decreto-Legislativo 1/2000 Art. 9
CAPÍTULO I
Artículo 9. Estructura del sistema de planeamiento.
1. El sistema de planeamiento de Canarias se integra por los siguientes instrumentos:
a) El planeamiento territorial y medioambiental, que incluye las directrices de ordenación general y sectoriales y el planeamiento insular.
b) El planeamiento urbanístico de ámbito municipal.
2. El sistema de planeamiento de Canarias, que se rige en sus determinaciones por los principios de jerarquía y competencia, garantizará la integración y completitud de la ordenación del territorio, delimitando para los distintos instrumentos su extensión y contenido al concreto objeto determinado por este texto refundido.
3. La tramitación de los instrumentos de ordenación y de planificación territorial, medioambiental y urbanística no estará sujeta en ningún caso a plazos de caducidad.
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