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Decreto Legislativo 1/2006 · Decreto Legislativo 1/2006, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley por la que se regulan los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos de la Comunidad de Madrid.

Decreto Legislativo 1/2006 Art. 7

TÍTULO I

In KraftAmtlicher Text

Artículo 7. Obligación de colaboración.

De conformidad con la legislación del Estado en materia de protección civil, todos los ciudadanos, a partir de la mayoría de edad, estarán sujetos a la obligación de colaborar personal y materialmente en la prevención y extinción de incendios a requerimiento de la autoridad competente en cada caso.

Dicha obligación de colaborar se concreta en las siguientes:

a) Cumplir las medidas de prevención y protección para personas y bienes establecidas por las Leyes.

b) Realizar las prácticas oportunas e intervenir operativamente en las situaciones de emergencia cuando lo requieran las circunstancias.