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Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Regl · Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa.

Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Regl Art. 13

CAPÍTULO I

In KraftAmtlicher Text

Artículo 13.

Si la expropiación afectare a bienes muebles, la utilidad pública o interés social deberá declararse expresa y concretamente en cada caso, mediante Ley, salvo que en otra se haya autorizado la expropiación para una categoría o clase especial de bienes, en cuyo supuesto bastará Decreto acordado en Consejo de Ministros.