Decreto 3769/1972 Art. 13
CAPÍTULO I
Artículo 13.
1. La Dirección del ICONA establecerá las normas orientadoras de los tipos y dimensiones de las fajas cortafuegos que deban abrirse en los montes, así como las referentes al estado de limpieza del suelo y a otras de carácter selvícola en relación con la prevención y extinción de incendios.
2. En los planes comarcales de defensa contra incendios se detallará el trazado de dichas fajas, así como los trabajos de limpieza de arbolado y de eliminación de matorral o pasto, que deban ejecutarse en los montes como medidas preventivas.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2010-03-28