Real Decreto 2159/1978 Art. 6
ANEXO
Artículo 6.
La reserva para servicios de interés público y social a prever en los Planes Parciales se diferenciará en función de los criterios que se establecen en los artículos 10, 11 y 12 del presente anexo, en todos o algunos de los siguientes tipos:
– Parque deportivo.
– Equipamiento comercial.
– Equipamiento social.