Orden de 19 de enero de 1981 por la que se aprueba el Reglam Art. 36
CAPÍTULO III
Artículo 36.
La Comisión de Hacienda intervendrá en todos los asuntos económicos de la Academia, siendo nulos todos los acuerdos sobre esta materia que se tomen sin su previo informe.
Administrará las publicaciones, redactará el presupuesto anual de sus ingresos y gastos e informará las cuentas, que presentará cada trimestre a la Junta general.