Orden de 19 de enero de 1981 por la que se aprueba el Reglam Art. 38
CAPÍTULO III
Artículo 38.
La Comisión de Publicaciones se encargará de censurar todos los trabajos que se publiquen por la Academia: propondrá iniciativas sobre ediciones y constituirá el Consejo de Redacción de todos los «Anales», designando el Director de los mismos.