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Real Decreto 2609/1982 · Real Decreto 2609/1982, de 24 de septiembre, sobre evaluación y declaración de las situaciones de invalidez en la Seguridad Social.

Real Decreto 2609/1982 Art. 7

In KraftAmtlicher Text

Artículo 7.

En las Direcciones Provinciales del Instituto Nacional de la Salud, salvo las que expresamente se determinen, y con encuadramiento orgánico en las mismas, se crean Unidades de Valoración Médica de Incapacidades, con la misión de cumplimentar los dictámenes e informes previstos en el artículo tercero. Los facultativos destinados en estas Unidades deberán pertenecer al Cuerpo Sanitario de la Seguridad Social (Escala de Médicos Inspectores) o al de Asesores (Escala de Asesores Médicos del extinguido Mutualismo Laboral).

El número de facultativos se designará teniendo en cuenta las necesidades de cada Unidad de Valoración Médica de Incapacidades.

Änderungsgeschichte
  • Vigente desde 1995-08-20