Resolución de 22 de octubre de 1982 Art. 2
Artículo 2.
Se consideran trofeos de caza, a los efectos de este Reglamento, los cuernos adheridos al cráneo o parte del mismo, del venado, gamo, corzo, macho montés, sarrio, rebeco muflón y arrui; los colmillos y amoladeras del jabalí y el cráneo completo del oso, lobo y lince.
En el futuro la Junta Nacional de Homologación de Trofeos de Caza definirá los nuevos Trofeos.