Orden de 17 de octubre de 1983 por la que se crea la Joven O Art. 7
Artículo 7.
Los miembros de la JONDE tendrán condición de becarios durante los períodos de trabajo que desarrollen en la Orquesta. Asimismo, y fuera de dichos períodos, podrán disfrutar de becas, bolsas de viajes y otras ayudas, de acuerdo con las bases que en el futuro se establezcan.