Ley 3/1984 Art. 2
CAPÍTULO II
Artículo 2.
El Consejo Asesor tiene como funciones básicas la representación de los intereses de la Comunidad Valenciana en el Ente público RTVE y la asistencia al Delegado territorial.
CAPÍTULO II
Artículo 2.
El Consejo Asesor tiene como funciones básicas la representación de los intereses de la Comunidad Valenciana en el Ente público RTVE y la asistencia al Delegado territorial.