Ley 6/1985 · Ley 6/1985, de 11 de mayo, de Sindicatura de Cuentas.
Ley 6/1985 Art. 2
CAPÍTULO I
Artículo 2. El objeto de la fiscalización.
Uno. El sector público valenciano, a los efectos de esta ley, está integrado por:
a) La administración de la Generalitat.
b) La administración local de la Comunitat Valenciana.
c) Las universidades públicas valencianas.
d) Los organismos, las entidades, las sociedades mercantiles, las fundaciones de sector público, los consorcios y, en general, toda persona jurídica bajo cualquier modalidad admitida en derecho que, de forma directa o indirecta, se encuentre en alguna de estas situaciones:
– Que esté participada o financiada mayoritariamente por la Generalitat, por las entidades locales y/o por las universidades públicas valencianas, o si su participación minoritaria sumada implica, en un mismo ente, participación mayoritaria.
– Que la Generalitat, las entidades locales y/o las universidades públicas valencianas controlen su gestión o nombren a más de la mitad de los miembros de su órgano de administración, dirección o vigilancia.
– Que la legislación presupuestaria que le resulte de aplicación la integre en el sector público.
e) Otras entidades que determinen las leyes que emanen de Les Corts.
f) Las instituciones de la Generalitat previstas en el Estatuto de autonomía.
Dos. Corresponde también a la Sindicatura de Comptes la fiscalización de las subvenciones, aportaciones a la financiación de entidades, entregas dinerarias sin contraprestación, créditos, avales, convenios, patrocinios y otras ayudas de las entidades a que se refiere el apartado anterior percibidas por personas físicas o jurídicas. De forma particular, las cajas fijas de las entidades relacionadas en el apartado uno de este artículo.
Tres. Corresponde, asimismo, a la Sindicatura de Comptes el control externo de toda ayuda, cualquiera que sea su naturaleza, que con cargo a sus presupuestos otorguen los entes del sector público valenciano a personas físicas, instituciones o entidades del sector privado.
Cuatro. Corresponde, asimismo, a la Sindicatura de Comptes el control de los partidos políticos, las coaliciones o agrupaciones de electores exclusivamente en lo que se refiere a la gestión de subvenciones y/o asignaciones para gastos electorales procedentes de los presupuestos de la Generalitat.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2017-11-14