Real Decreto 798/1986 Art. 13
Art. 13. Empleados en activo de otros intermediarios financieros.
A efectos de lo establecido en el último párrafo del artículo uno de la Ley 31/1985, de 2 de agosto, no podrán ser miembros de los órganos de gobierno de una Caja de Ahorros los empleados en activo de otro Intermediario financiero.