Real Decreto 1037/1990 Art. 2
Artículo 2. Misión.
El Consejo Superior de Estadística tiene como misión contribuir a la armonización de las estadísticas, al mejor aprovechamiento de los recursos destinados a su elaboración y a una mayor adecuación a las necesidades de información de los usuarios, así como a facilitar el suministro de datos primarios por los informantes.