Real Decreto Legislativo 1175/1990 Art. 22
DIVISIÓN 2
Agrupación 22. Ingenieros Técnicos y Ayudantes de la Aeronáutica y Ayudantes de Ingenieros de Armamento y Construcción y similares.
Grupo 221. Ingenieros Técnicos Aeronáuticos, Ayudantes y Peritos.
Cuota de: 23.805 pesetas. (143,07 euros)
Grupo 222. Ingenieros Técnicos de Telecomunicación, Ayudantes y Peritos.
Cuota de: 25.565 pesetas. (153,65 euros)
Grupo 223. Ayudantes de Ingenieros de Armamento y Construcción, de Armas Navales e Ingenieros técnicos Electromecánicos del ICAI.
Cuota de: 21.528 pesetas. (129,39 euros)
Grupo 224. Dibujantes técnicos.
Cuota de: 21.528 pesetas. (129,39 euros)
Grupo 225. Técnicos en Telecomunicación.
Cuota de: 22.149 pesetas. (133,12 euros)
Grupo 226. Técnicos en Sonido.
Cuota de: 22.149 pesetas. (133,12 euros)
Grupo 227. Técnicos en Iluminación.
Cuota de: 22.149 pesetas. (133,12 euros)
Grupo 228. Ingenieros Técnicos Navales, Ayudantes y Peritos.
Cuota de: 22.770 pesetas. (136,85 euros)
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 1996-01-01