Real Decreto Legislativo 1175/1990 Art. 32
DIVISIÓN 3
Agrupación 32. Ingenieros Técnicos Industriales y Textiles y Técnicos en Artes Gráficas.
Grupo 321. Ingenieros Técnicos Industriales y Textiles, Ayudantes y Peritos.
Cuota de: 20.700 pesetas. (124,41 euros)
Grupo 322. Técnicos en Artes Gráficas.
Cuota de: 21.218 pesetas. (127,52 euros)
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 1996-01-01