Real Decreto 110/1990 Art. 1
CAPÍTULO I
Artículo 1.
El presente Real Decreto tiene por finalidad establecer los requisitos sanitarios que han de cumplir las carnes frescas a las que se refiere el artículo 1.º del Real Decreto 1728/1987, de 23 de diciembre, por el que se aprueban las normas técnico-sanitarias que regulan las prescripciones exigibles para el comercio intracomunitario e importación de terceros países de carnes frescas, así como las que deben reunir los mataderos, salas de despiece y almacenes frigoríficos autorizados para dicho comercio.