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Ley 4/1989 · Ley 4/1989, de 12 de diciembre, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Ley 4/1989 Art. 32

Sección 3

In KraftAmtlicher Text

Artículo 32. Recursos económicos.

Los recursos del Instituto estarán constituidos por: .

a) Las consignaciones previstas en las leyes del Presupuesto de la Comunidad Autónoma.

b) Los procedentes de otras secciones presupuestarias que deba percibir el Instituto en virtud de convenios con órganos y entidades dependientes de la Administración de la Junta de Andalucía.

c) Los procedentes de los servicios prestados por el Instituto y de convenios con entidades públicas y privadas.

d) Los productos y rentas de su patrimonio.

e) Las subvenciones o aportaciones voluntarias de entidades públicas y privadas.

f) Cualquier otro ingreso que pudiera corresponderle conforme a la normativa de aplicación.

Änderungsgeschichte
  • Vigente desde 2007-04-27