Ley 38/1992 · Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales.
Ley 38/1992 Art. 13
Capítulo I
Artículo 13. Tipos impositivos.
1. Los tipos impositivos aplicables serán los vigentes en el momento del devengo.
2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, en los supuestos a que se refiere el artículo 17.A).2 de esta Ley, el tipo aplicable será el vigente en el momento del envío de los productos.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2010-03-03