Ley 22/1993 Art. 21
TÍTULO II
Artículo 21. Situaciones de los funcionarios.
Se da nueva redacción al artículo 29.2 e) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública:
«e) Cuando sean adscritos a los servicios del Tribunal Constitucional o del Defensor del Pueblo o destinados al Tribunal de Cuentas en los términos previstos en el artículo 93.3 de la Ley 7/1988, de 5 de abril.»