Ley 1/1994 Art. 39
Sección 2
Artículo 39. Artículos aplicables de la Ley de Sociedades Anónimas.
Son aplicables las disposiciones contenidas en el capítulo V, secciones 1. y 2., de la Ley de Sociedades Anónimas, con excepción de los artículos 95, 97, 100, 102, 103 a 108, en materia de las Juntas generales de las sociedades de garantía recíproca.