Ley 30/1995 · Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
Ley 30/1995 Art. 13
Sección 2
Artículo 13. Capital social y fondo mutual.
(Derogado)
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2004-11-06
Ley 30/1995 · Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
Sección 2
Artículo 13. Capital social y fondo mutual.
(Derogado)