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Ley 7/1994 · Ley 7/1994, de 29 de diciembre, por la que se crea el Instituto Lácteo y Ganadero de Galicia.

Ley 7/1994 Art. 4

TÍTULO II

In KraftAmtlicher Text

Artículo 4.

1. El Consejo de Dirección estará formado por el presidente del ILGGA, que lo será también del Consejo, un vicepresidente, su director, cinco vocales y el secretario, que actuará con voz pero sin voto.

2. El vicepresidente será, por razón de su cargo, el director general de Producción Agropecuaria e Industrias Agroalimentarias.

3. El nombramiento y la destitución del director corresponden al conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes.

4. El nombramiento y la destitución de los vocales corresponden al conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes.