Ley 39/1995 Art. 4
Artículo 4. Régimen de actividades.
El Centro de Investigaciones Sociológicas desarrollará sus actividades con arreglo a un programa anual, de acuerdo con sus funciones y consignaciones presupuestarias. En el primer trimestre de cada año elevará a las Cortes Generales una Memoria relativa a la ejecución del programa correspondiente al ejercicio precedente.