Ley Orgánica 16/1995 Art. 1
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 1. Objeto de la Ley.
La presente Ley tiene por objeto transferir, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 150.2 de la Constitución, competencias de titularidad estatal a la Comunidad Autónoma Gallega, en los términos recogidos en los artículos siguientes.