Real Decreto 2255/1994 Art. 3
Artículo 3.
En la obtención del certificado de aceptación a que se refiere el artículo 1, será de aplicación para la exigencia de comercialización, procedimiento y demás aspectos, lo regulado en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, aprobado por el Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto.