Instrumento de Ratificación del Tratado de Extradición y de Art. 4
TÍTULO I
Artículo 4. Delitos fiscales.
En materia de tasas e impuestos, de aduanas y de cambio, la extradición no podrá denegarse por el motivo de que la legislación de la Parte requerida no imponga el mismo tipo de impuestos o de tasas o no contenga el mismo tipo de reglamentación en estas materias que la legislación de la Parte requirente, si los hechos reúnen los requisitos del artículo 2.