Rechtsbibliothek und Fallanalyse · Österreich · Belgien · Europäische Union
LAWxPERT Anmelden Kostenloses Konto

Real Decreto 2364/1994 · Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada.

Real Decreto 2364/1994 Art. 144

CAPITULO II

In KraftAmtlicher Text

Artículo 144. Inspecciones.

1. Aparte del desarrollo de los planes de inspección que tengan establecidos, cuando recibieren denuncias sobre irregularidades cometidas por empresas o personal de seguridad, o por centros de formación o su personal, los servicios policiales de inspección y control procederán a la comprobación de los hechos denunciados y, en su caso, a la apertura del correspondiente procedimiento.

2. Siempre que el personal indicado realice una inspección de empresas de seguridad, de establecimientos públicos o privados, o de despachos de los detectives privados:

a) Diligenciará los libros revisados, haciendo constar las deficiencias o anomalías que observare.

b) Efectuará las comprobaciones precisas para la constatación del contenido reflejado en los libros, debiendo las empresas y el personal de seguridad colaborar con tal objeto.

c) De cada inspección, extenderá el acta correspondiente, facilitando una copia al responsable del establecimiento.

3. Los actos de inspección, que se contraerán a las medidas, medios y actividades de seguridad privada, podrán desarrollarse, indistintamente:

a) En la sede social de la empresa, delegaciones, oficinas, locales, despachos, o lugares anejos a éstos, en los que se desarrollen actividades de seguridad privada o relacionadas con ésta.

b) En los inmuebles, espacios o lugares en donde se presten servicios de seguridad privada.

Änderungsgeschichte
  • Vigente desde 2001-12-13