Rechtsbibliothek und Fallanalyse · Österreich · Belgien · Europäische Union
LAWxPERT Anmelden Kostenloses Konto

Ley 1/1995 · Ley 1/1995, de 27 de enero, de protección del menor.

Ley 1/1995 Art. 22

Sección 1

In KraftAmtlicher Text

Artículo 22. Cesación.

Con carácter general, las medidas de protección establecidas en la presente Ley cesarán por los siguientes motivos:

a) Mayoría o habilitación de edad.

b) Adopción del menor.

c) Resolución judicial firme.

d) Acuerdo de la entidad pública cuando hayan desaparecido las circunstancias que motivaron la adopción de la medida, o el interés del menor así lo aconseje.

e) Cumplimiento del plazo de duración previsto en la resolución de adopción de la medida y, en su caso, de su prórroga.