Ley 1/1995 · Ley 1/1995, de 27 de enero, de protección del menor.
Ley 1/1995 Art. 38
CAPÍTULO VI
Artículo 38. Promoción del nombramiento judicial de tutor.
La Administración del Principado de Asturias promoverá, ante la autoridad judicial, el expediente de nombramiento de tutor, conforme a las reglas contenidas en los artículos 234 y siguientes del Código Civil, cuando existan personas que, por sus relaciones con el menor o por otras circunstancias, puedan asumir la tutela ordinaria con beneficio para éste.