Ley 1/1996 · Ley 1/1996, de 5 de marzo, de regulación de las actividades feriales de Galicia.
Ley 1/1996 Art. 22
CAPÍTULO VI
Artículo 22. Medidas complementarias.
El Consejo de la Junta de Galicia podrá acordar el cierre de los establecimientos, instalaciones o servicios en donde se realicen actividades feriales que no cuenten con las autorizaciones preceptivas.