Real Decreto 1784/1996 Art. 113
SECCIÓN 4
Artículo 113. Contenido de la inscripción.
La inscripción de acuerdos sociales expresará, además de las circunstancias generales de los asientos a que se refiere el artículo 37, el contenido específico de los acuerdos, la fecha y el lugar en que fueron adoptados, así como la fecha y modo de aprobación del acta cuando no sea notarial.