Real Decreto 2484/1996 Art. 5
Artículo 5. Concurrencia de reducciones.
Cuando en un mismo acto concurran dos o más reducciones arancelarias se aplicará de entre ellas la más favorable para el obligado al pago.
Artículo 5. Concurrencia de reducciones.
Cuando en un mismo acto concurran dos o más reducciones arancelarias se aplicará de entre ellas la más favorable para el obligado al pago.