Ley Foral 11/1997 · Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra.
Ley Foral 11/1997 Art. 13
Sección 6
Artículo 13. De la conservación y custodia de la información.
Las unidades estadísticas conservarán y custodiarán los cuestionarios y otros soportes de la información recogida con destino a la elaboración de estadísticas en tanto sea necesario, debiendo adoptar las medidas de seguridad que garanticen los principios de esta Ley Foral.