Ley 2/1997 · Ley 2/1997, de 19 de mayo, del Consejo Jurídico de la Región de Murcia.
Ley 2/1997 Art. 13
CAPÍTULO III
Artículo 13. Consultas de la Asamblea Regional.
La Asamblea Regional, por acuerdo del Pleno o de la Comisión que corresponda, podrá someter a consulta del Consejo aspectos concretos de los proyectos o proposiciones de Ley.
La consulta se formulará por conducto de su Presidente.