Ley 2/1996 Art. 21
CAPÍTULO III
Artículo 21. Resolución del procedimiento sancionador.
Corresponde al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma la imposición de sanciones por infracciones reguladas en esta Ley.
CAPÍTULO III
Artículo 21. Resolución del procedimiento sancionador.
Corresponde al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma la imposición de sanciones por infracciones reguladas en esta Ley.