Real Decreto 2583/1996 Art. 6
CAPÍTULO I
Artículo 6. La Secretaría General.
Compete a la Secretaría General:
1. El estudio y propuesta de la planificación estratégica de la entidad y de los elementos organizativos de sus servicios, en coordinación con las subdirecciones generales.
2. La comunicación institucional y relaciones externas, así como la asistencia técnica a los miembros del Consejo General.
3. La información y comunicación con los ciudadanos.
4. La programación, ordenación y control de la red de centros de atención e información de la Seguridad Social (CAISS) e instalaciones.
5. La promoción e implantación de procesos de mejora continua en la entidad.
6. La planificación, dirección, ejecución y evaluación de las actividades de control e inspección de los servicios, así como de la gestión de la calidad de estos.
7. La coordinación de las subdirecciones generales.
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