Ley 26/1997 Art. 2
Artículo 2. Fines.
Los fines del Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario serán los siguientes:
1. Realizar, impulsar y fomentar la investigación e innovación tecnológica y la formación en el ámbito del sector primario y de su industria asociada, facilitando la transferencia rápida y eficaz de los adelantos científicos y tecnológicos, tanto en los aspectos de la producción y la transformación como en lo referente al desarrollo rural, a la conservación del medio ambiente y al uso racional y sostenible de los recursos naturales.
2. Promover el desarrollo integral del medio rural facilitando la realización, ejecución y gestión de cuantos estudios, proyectos, servicios y colaboraciones sean necesarios para la mejora del nivel socioeconómico y la incorporación del medio rural a las nuevas tecnologías, así como todos aquellos aspectos relativos a la formación, divulgación y asistencia técnico-económica al medio rural y al sector agrario y agroalimentario.
3. Colaborar con otras entidades de carácter público o privado, para la realización de actividades de interés común mediante convenios, contratos o proyectos, priorizando todos aquellos que promuevan el equilibrio y la cohesión social y territorial en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
4. Ejecución y seguimiento de los planes de explotación y la gestión de las fincas agrarias de la Comunidad de Madrid, de las arrendadas o consorciadas, de los laboratorios y cualquier otro servicio que en el futuro le sea adscrito de acuerdo con los objetivos del Instituto.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2024-12-28