Ley 9/1998 Art. 24
CAPÍTULO I
Artículo 24. Naturaleza y características.
1. El Plan Canario sobre Drogas se configura como el instrumento para la planificación y ordenación de las actuaciones que en materia de drogas se lleven a cabo en la Comunidad Autónoma de Canarias.
2. El Plan Canario sobre Drogas será vinculante para todas las Administraciones Públicas y entidades privadas e instituciones que desarrollen actuaciones en materia de drogas.
3. La vigencia temporal será la fijada en el propio Plan.