Ley 17/1997 · Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
Ley 17/1997 Art. 2
TÍTULO I
Artículo 2. Normativas sectoriales.
Las disposiciones de la presente Ley se aplicarán sin perjuicio de lo establecido en otras normas que disciplinen aspectos de los espectáculos públicos y actividades recreativas distintos de los regulados en ella.